Normas Generales de la Biblioteca de Música
· Toda
persona que entre a la Biblioteca de Música debe estar dispuesta a someter a
inspección todas sus pertenencias a la salida.
· Se solicita mantener silencio todo el
tiempo.
· No están permitidas las tertulias ni
estudios grupales.
· No se permite traer a la biblioteca ni
mantener sobre las mesas comida, bebidas ni botellas de agua.
· No está permitido el sonido del
celular. Favor de mantenerlo apagado o
sin sonido. Para hablar por celular,
favor de salir de la biblioteca.
· Para recibir servicio tiene que
mostrar una identificación con foto.
· Para solicitar un préstamo de recursos
se requiere la identificación del Recinto de Río Piedras actualizada. Si es personal docente o administrativo se
requiere la tarjeta vigente de personal.
· Se prestarán hasta tres (3) recursos
de la reserva general o de profesores a la vez.
· Los préstamos de circulación externa
se harán de acuerdo a las Normas que rigen los préstamos de recursos
en la Biblioteca de Música.
· Los recursos que se encuentran en el
Seminario no circulan fuera de la colección.
· El
Seminario es para uso de los estudiantes que estén llevando a cabo una
investigación y para profesores e investigadores. (ver: Normas para el uso
del Seminario de Música)
· Las revistas son para uso en sala, no
circulan fuera de la biblioteca.
· Las computadoras son para de estudio e
investigación académica. No es permitido
otro tipo de uso.
· El servicio (préstamos,
fotocopiadoras, consultas, etc.) se suspende quince (15) minutos antes de la
hora de cierre.
· La Biblioteca de Música se reserva el
derecho de solicitar la salida de aquellos usuarios que no cumplan con la Política
Institucional y Procedimiento para el Uso Ético Legal de las Tecnologías de
Información de la Universidad de Puerto Rico y con las Normas Generales de
esta biblioteca.
NORMAS QUE RIGEN LOS PRÉSTAMOS DE
RECURSOS EN LA BIBLIOTECA DE MÚSICA
I. INTRODUCCIÓN
La Biblioteca de Música es una colección especializada que reúne los
recursos bibliográficos del Sistema de Bibliotecas relacionados con el arte
musical. Provee los recursos necesarios para el estudio, enseñanza e
investigación de la música. Sus usuarios más inmediatos son los profesores y
estudiantes del Departamento de Música de la Facultad de Humanidades.
La misión primordial de la Biblioteca de Música es proveer recursos y
servicios que satisfagan las necesidades de información de la comunidad
académica del Recinto de Río Piedras. Es además, parte de su misión, compartir
sus recursos con otras entidades y usuarios de la comunidad extendida. Para poder cumplir con
esta misión se han estructurado procedimientos y normas que rijan los préstamos
internos y externos de recursos de la biblioteca. Estas normas están dirigidas
a los estudiantes del Recinto de Río Piedras, a los profesores y demás personal
del Recinto y a los usuarios particulares y permisos especiales. Proveen una
guía clara y específica de la cantidad de recursos a prestarse y la duración
del préstamo.
II. ESTUDIANTES DEL RECINTO DE RÍO
PIEDRAS
A.
Circulación Externa
1. Libros y Partituras
·
Al
solicitar el préstamo el estudiante presentará la tarjeta de identificación del
Recinto de Río Piedras. Esta será verificada en el Sistema Horizon de la
Universidad. De no estar el sistema disponible, el estudiante deberá mostrar su
programa de clases del semestre. No se aceptará ningún otro tipo de
identificación.
·
Se
prestará un máximo de cinco (5) libros y cinco (5) partituras.
·
El
préstamo se hará por un mes con derecho a renovación siempre y cuando no haya
sido solicitado por otro usuario.
·
Para
renovar un recurso el estudiante lo podrá hacer por Internet a través de la
página electrónica del Sistema de Bibliotecas en la dirección www.biblioteca.uprrp.edu o, puede traer el recurso a la
biblioteca donde se le renovará.
·
Si
en el momento de renovar el recurso el mismo está atrasado o vencido, no se
podrá efectuar dicha renovación hasta que se pague la multa correspondiente.
·
Los
libros y partituras deberán ser entregados en la fecha indicada. De no ser así,
el Sistema Horizon aplicará automáticamente la multa correspondiente.
·
No
se prestarán libros o partituras a estudiantes que tengan préstamos atrasados o
multas sin pagar, aunque sea en otras bibliotecas del Sistema de Bibliotecas.
·
Los
discos, discos compactos, cassettes, videos, DVDs, revistas, así como las
partituras con clasificación M1, M2 y M3, la Reserva General, Reserva de
Profesores y Referencias, son para uso dentro de la biblioteca. Estos recursos
no circulan fuera de la sala.
B. Circulación Interna
1.
Reserva General, Reserva de Profesores, Discos, Discos Compactos,
Cassettes,
Videos, DVDs, Lecturas y
Recursos del Archivo Vertical
·
Se
requiere la presentación de la tarjeta de estudiante del Recinto de Río Piedras
para poder recibir los servicios de circulación interna.
·
La
tarjeta de identificación se retendrá en el mostrador de servicio por el tiempo
en que el estudiante esté usando el o los recursos.
·
Los
recursos se prestarán por dos (2) horas, con derecho a renovación si ningún otro
usuario los ha solicitado.
·
Se
prestará un máximo de tres (3) recursos a la vez.
·
No
está permitido escuchar en los equipos de música, discos, discos compactos o
cassettes que no sean de la biblioteca.
·
Si
va a escuchar un disco compacto de la biblioteca en su computadora personal
tiene que indicarlo al personal que se encuentra en el mostrador en el momento
de hacer el préstamo del recurso. No puede salir fuera de la biblioteca a
escuchar el disco.
·
Los
audífonos serán prestados para escuchar música con otro estudiante. Deberá
presentar la tarjeta de identificación para tomar prestado un audífono. La
tarjeta permanecerá en el mostrador por el tiempo que dure el préstamo.
III. USUARIOS PARTICULARES Y PERMISOS
ESPECIALES
Se identifica como particular a toda persona
que no forma parte de la comunidad universitaria del Recinto de Río Piedras.
(Política de Servicio a Particulares, Sistema de Bibliotecas, Recinto de Río
Piedras, agosto1989, Rev. marzo 1998.)
Los permisos especiales son aquellas
personas que no pertenecen a la
comunidad académica del Recinto de Río Piedras y que poseen un permiso especial
expedido por el Sistema de Bibliotecas que los identifica como investigadores
de otras instituciones académicas o pasados alumnos del Recinto de Río Piedras
que pertenecen a la Asociación de Exalumnos.
A. Préstamos de Recursos Dentro de la
Biblioteca
·
Todo
particular puede tener acceso a las instalaciones físicas y anaqueles abiertos
de la Biblioteca de Música siempre y cuando cumpla con las normas establecidas.
·
En
el ofrecimiento de los servicios bibliotecarios se le dará prioridad a los
usuarios de la comunidad universitaria del Recinto de Río Piedras.
·
A
este grupo de usuarios le aplican las mismas normas de circulación interna de
los estudiantes del Recinto de Río Piedras. En el caso de usuarios particulares
y permisos especiales que vayan a escuchar música se limitará al momento en que
haya equipos disponibles y no hayan sido solicitados por estudiantes del
Recinto de Río Piedras.
·
Se
requiere la presentación de una tarjeta de identificación al solicitar los
servicios la cual permanecerá en el mostrador por el tiempo en que se estén
usando el o los recursos.
·
Los
préstamos de recursos bibliográficos se harán exclusivamente para uso en sala y
se prestará un máximo de tres (3) recursos a la vez.
·
Los discos, discos compactos y cassettes se
prestarán por dos (2) horas. Para solicitar otro disco, disco compacto o
cassette, debe de haber transcurrido por lo menos una hora desde la última
solicitud.
B. Préstamos de Recursos Fuera de la
Biblioteca
·
Este
tipo de préstamo se hará exclusivamente a los usuarios que tengan un permiso
especial expedido por el Sistema de Bibliotecas.
·
Se
prestará un máximo de cinco (5) libros o partituras.
·
El
usuario deberá presentar el permiso especial vigente y una tarjeta de
identificación válida para poder hacer el préstamo. Además deberá llenar una
tarjeta de directorio de la biblioteca.
·
Los
préstamos se harán por un mes con derecho a renovación si no ha sido solicitado
por otro usuario.
·
El
usuario con permiso especial que no entregue en las fechas correspondientes el
o los recursos en su poder, se verá expuesto a que se le retire el privilegio
de hacer préstamos en la Biblioteca de Música.
IV.
NORMAS QUE RIGEN LOS PRESTAMOS
DE RECURSOS EN LA
BIBLIOTECA DE MÚSICA PARA EL PERSONAL DEL RECINTO DE RÍO PIEDRAS
A. LIBROS Y PARTITURAS
1. Se
prestará un máximo de diez (10) libros o partitura, o la combinación de ambos.
2. El préstamo se hará por un mes con derecho a renovación, siempre
y
cuando no haya
sido solicitado por otro usuario.
B. DISCOS (LP) Y DISCOS COMPACTOS
1. Se
prestará un máximo de cinco (5) discos LP y cinco (5) discos compactos
2. El préstamo se hará por una semana con
derecho a renovación, siempre y
cuando no haya
sido solicitado por otro usuario.
C. VIDEOS
1. Se
prestará un máximo de dos (2) videos.
2. El
préstamo se hará por tres (3) días con derecho a renovación.
D. ACLARACIONES
1. Las
partituras con clasificación M1, M2 y M3 que se encuentran en el área del
Seminario, así como las revistas y los recursos de Reserva y Referencia son
para uso dentro de la biblioteca. Estos recursos no circulan fuera de la
Biblioteca de Música.
2. Todos
los préstamos se realizarán a través del Sistema Horizon, el cual establecerá,
de ser necesario, la multa correspondiente por atraso en la entrega del
recurso.
3.
Si alguno de los recursos
prestados se encuentra con atraso no se podrá prestar otro recurso hasta que el
recurso atrasado sea devuelto.
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